top of page

Ley de Salud Mental en Argentina: qué establece la norma vigente y qué cambios propone el Gobierno

La Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657, sancionada en 2010, continúa siendo el marco legal vigente en la Argentina para la atención en salud mental. Su objeto, según el texto de la norma, es asegurar el derecho a la protección de la salud mental y el pleno goce de los derechos humanos de las personas con padecimiento mental. 


En abril de 2026, el Gobierno nacional anunció que presentará un proyecto para modificar esa ley. De acuerdo con la comunicación oficial, la propuesta apunta a introducir cambios en los criterios de internación involuntaria, en la participación de profesionales intervinientes y en la organización de los dispositivos de atención según la gravedad de los casos. 


A partir de ese anuncio, volvió a abrirse una discusión que involucra al sistema de salud, al ámbito legislativo, a los equipos profesionales y a las instituciones que trabajan con personas que requieren atención y acompañamiento. Para entender esa discusión, resulta útil revisar qué establece la ley actual, en qué contexto fue sancionada y cuáles son los cambios que se encuentran en debate. 


Qué establece la ley vigente

La Ley 26.657 fija principios generales para la atención en salud mental. Entre ellos, establece que la atención debe partir del reconocimiento de derechos, que las decisiones terapéuticas deben orientarse a la alternativa menos restrictiva posible y que la internación debe utilizarse solo cuando no sean viables otras opciones de abordaje. 


La norma también dispone que las internaciones por salud mental deben realizarse en hospitales generales y que no deben crearse nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones monovalentes, al tiempo que prevé la adecuación de los existentes. Además, regula el consentimiento informado, la participación de equipos interdisciplinarios y la revisión de las internaciones involuntarias. 


En materia de internación involuntaria, la ley establece como condición la existencia de una situación de riesgo cierto e inminente para la persona o para terceros. También prevé controles posteriores y mecanismos de revisión. 


En qué contexto fue sancionada

La ley fue aprobada en noviembre de 2010 y luego reglamentada por el Decreto 603/2013. En documentos oficiales del Estado, la norma es presentada como parte de un enfoque centrado en derechos humanos y como una regulación que reorganizó la atención en salud mental bajo nuevos criterios institucionales y asistenciales. 


En distintos materiales estatales posteriores, también se la describe como una norma vinculada con lineamientos promovidos por organismos nacionales, regionales e internacionales, y como un marco luego reforzado en el plano civil por reformas posteriores. 


Línea de tiempo

  • 2010: sanción de la Ley 26.657. 

  • 2013: reglamentación mediante el Decreto 603/2013. 

  • 2015: distintos sitios oficiales señalan que el enfoque de la ley quedó luego reafirmado en el Código Civil y Comercial. 

  • 2023: el Ministerio de Salud aprobó el Plan Nacional de Salud Mental 2023-2027 para reforzar la implementación de la ley. 

  • Abril de 2026: el Gobierno nacional anunció el envío de un proyecto para modificar la ley vigente. 


Qué cambios propone el Gobierno

Según el anuncio oficial difundido por el Ministerio de Salud, uno de los cambios propuestos es la modificación del criterio para la internación involuntaria. El texto comunicado por el Gobierno indica que se buscará pasar del criterio actual de “riesgo cierto e inminente” a un esquema de evaluación situacional del riesgo, que contemple antecedentes recientes y evolución probable del cuadro. 


El Gobierno también informó que propondrá que uno de los médicos intervinientes en la determinación de internaciones involuntarias sea médico psiquiatra. La explicación oficial sostiene que esto permitiría una evaluación clínica más completa y reduciría el riesgo de atribuir exclusivamente a salud mental cuadros que podrían responder a otras causas médicas. 


Otro de los puntos anunciados se refiere a los dispositivos de internación. De acuerdo con la comunicación oficial, la propuesta distingue entre casos leves y graves, asignando a los hospitales generales los primeros y reservando instituciones especializadas para cuadros de mayor complejidad. 


Además, el anuncio oficial menciona cambios en los plazos y procedimientos de intervención judicial. Entre ellos, se plantea extender de 10 a 24 horas el plazo para notificar a la justicia una internación involuntaria. También se prevé que, en determinadas urgencias, un médico pueda indicar la internación y que el equipo interdisciplinario la ratifique dentro de las 24 horas. 



Cómo se presenta la propuesta oficialmente

En el mensaje oficial, el Gobierno fundamenta la reforma en la necesidad de “modernizar” la ley y facilitar su aplicación. Entre los argumentos expuestos aparecen la heterogeneidad entre jurisdicciones, la disponibilidad desigual de servicios y camas, y la necesidad de contar con herramientas que, según esa posición, permitan intervenir de manera más oportuna ante situaciones de riesgo.  La misma comunicación indica que la internación seguiría siendo considerada un recurso excepcional. 


Qué queda abierto en la discusión

Al momento de este análisis, la Ley 26.657 sigue vigente y los cambios anunciados corresponden a un proyecto informado por el Poder Ejecutivo, no a una reforma ya aprobada. Por lo tanto, el contenido definitivo de la propuesta, su tratamiento legislativo y el texto que eventualmente resulte aprobado dependerán del debate parlamentario. 


En términos generales, la discusión abierta gira alrededor de varios ejes: el criterio para decidir una internación involuntaria, la composición de los equipos intervinientes, el rol de hospitales generales e instituciones especializadas y el alcance de los mecanismos de control judicial y sanitario. Esos son, hasta ahora, los principales puntos identificables a partir del texto vigente y del anuncio oficial del Gobierno. 



Al momento de este análisis, la Ley 26.657 continúa vigente y las modificaciones mencionadas corresponden a un proyecto anunciado por el Poder Ejecutivo, cuyo contenido definitivo y eventual aprobación dependerán del tratamiento legislativo. En ese marco, la discusión actual se concentra en aspectos como los criterios de internación involuntaria, la participación de los equipos intervinientes, el rol de los hospitales generales y de las instituciones especializadas, y los mecanismos de control previstos por la normativa. 


Fuentes

Comentarios


bottom of page